📞 697 96 33 18 | ✉️ idecos@icam.es |
Impago de pensión de alimentos: Cómo reclamar
Cuando el progenitor obligado a pagar la pensión de alimentos no cumple con su obligación, se puede optar por diferentes vías para reclamar las cantidades adeudadas.
En este artículo te explico en que consiste la pensión de alimentos, sus características principales y las vías para reclamar judicialmente su pago.
La pensión de alimentos o pensión alimenticia es una obligación legal que se establece en favor de los hijos menores de edad, y en algunos casos mayores de edad, que se encuentran en una situación de necesidad económica.
Esta obligación suele derivarse de situaciones de separación, divorcio o ruptura de parejas no casadas. La pensión de alimentos está destinada a cubrir las necesidades básicas del beneficiario y se rige por las disposiciones del Código Civil
Características principales de la pensión de alimentos
- Destinatarios:
- Hijos menores de edad: La pensión de alimentos es obligatoria para los hijos menores de edad, independientemente de su situación económica.
- Hijos mayores de edad: En ciertos casos, los hijos mayores de edad también pueden tener derecho a la pensión de alimentos si no han terminado sus estudios o no tienen ingresos propios suficientes para subsistir.
- Otros familiares: En algunos casos, otros familiares en situación de necesidad también pueden tener derecho a recibir alimentos, como ascendientes o hermanos incapacitados.
- Concepto de alimentos: La pensión de alimentos no solo cubre la alimentación propiamente dicha, sino también otros gastos necesarios para el bienestar del beneficiario. Esto incluye:
- Alimentación.
- Vestimenta.
- Vivienda (parte proporcional de los gastos del hogar).
- Educación (matrícula, libros, material escolar).
- Asistencia sanitaria
- Ocio y tiempo libre (dentro de unos límites razonables).
- Determinación de la cuantía: La cuantía de la pensión de alimentos se fija teniendo en cuenta varios factores:
- Las necesidades del beneficiario.
- Las posibilidades económicas del obligado al pago.
- El número de hijos o beneficiarios que tienen derecho a recibir alimentos.
- Actualización: La pensión de alimentos puede ser actualizada periódicamente para ajustarse a la variación del coste de la vida. Esto suele establecerse en la sentencia o convenio regulador.
- Modificación: La cuantía y condiciones de la pensión de alimentos pueden ser modificadas judicialmente si cambian las circunstancias económicas de cualquiera de las partes (por ejemplo, pérdida de empleo del progenitor pagador, incremento de las necesidades del menor, etc.) mediante un procedimiento de modificación de medidas paterno-filiales.
Procedimiento de establecimiento de la pensión de alimentos
- Vía judicial: Generalmente, la pensión de alimentos se establece mediante una sentencia judicial en procesos de separación, divorcio o medidas paterno-filiales.
- Convenio regulador: También puede acordarse de mutuo acuerdo entre los progenitores en un convenio regulador, que debe ser homologado judicialmente.
Incumplimiento de la pensión de alimentos
Como se mencionó anteriormente, el incumplimiento del pago de la pensión de alimentos puede dar lugar a diversas acciones legales, incluyendo la ejecución forzosa de la sentencia y, en casos graves, acciones penales por abandono de familia.
Vía Civil
La vía civil es la más común y rápida para reclamar el impago de la pensión de alimentos.
Este procedimiento se inicia mediante una demanda de ejecución de sentencia presentada en el mismo juzgado que dictó la sentencia de divorcio o separación. Los pasos a seguir son los siguientes:
- Presentación de la Demanda: La demanda debe ser presentada por un abogado y procurador. En esta demanda se solicita al juez que requiera al progenitor deudor el pago de las cantidades adeudadas.
- Requerimiento de Pago: Una vez presentada la demanda, el juzgado emite un requerimiento al progenitor deudor para que pague en un plazo de 10 días. Si no cumple, se procede al embargo de bienes, tales como salarios, o dinero en cuentas bancarias.
- Embargo de Bienes: Si el deudor no paga voluntariamente, el juez puede ordenar el embargo de sus bienes para cubrir la deuda, tales como salarios o dinero en cuentas bancarias.
Este proceso es eficaz para asegurar el cobro de las cantidades adeudadas.
Vía Penal
La vía penal es otra opción disponible, especialmente cuando el impago de la pensión de alimentos es reiterado y grave.
El artículo 227 del Código Penal establece que el impago de pensiones durante dos meses consecutivos o cuatro meses alternos puede considerarse un delito de abandono de familia.
STS 1736/2022 (28/04/2022). Penal
Delito de impago de pensiones. Conocimiento por el sujeto activo de la resolución judicial que impone la obligación
STS 914/2021 (17/03/2021). Penal
Delito de alzamiento de bienes e impago de pensiones. Responsabilidad civil: pago de indemnización como remedio subsidiario.
Los pasos a seguir en este caso son:
Denuncia Penal: El progenitor custodio puede presentar una denuncia por impago de pensión de alimentos. Esta denuncia puede resultar en una condena de prisión de tres meses a un año, o una multa de seis a 24 meses para el progenitor deudor.
Procedimiento Penal: Aunque este proceso puede ser más largo y complejo que la vía civil, también puede incluir sanciones más severas, lo que puede motivar al deudor a cumplir con sus obligaciones
Trucos para no pagar pensión alimenticia
No existen trucos legítimos para evitar el pago de la pensión alimenticia. Intentar evadir esta responsabilidad puede llevar a consecuencias legales severas, incluyendo multas, prisión, y antecedentes penales.
En lugar de buscar métodos para no pagar, es crucial abordar el problema a través de los canales legales adecuados.
Solicitar la modificación de la pensión
Si la situación económica del pagador cambia significativamente, como la pérdida de empleo o una reducción en los ingresos, es posible solicitar una modificación de la pensión alimenticia. Esta solicitud debe presentarse ante el tribunal que dictó la medida original y debe incluir pruebas de la situación financiera actual del progenitor no custodio.
En el mismo sentido se podrá solicitar al Tribunal la extinción de la pensión, cuando existan razones para ello. Por ejemplo la independencia económica del alimentista.
En todo caso la modificación o extinción de la pensión de alimentos deberá ser acordada por un juez, no pudiendo el obligado al pago de la misma decidir unilateralmente sobre estas cuestiones.
¿Necesitas abogado para reclamar el pago de una pensión de alimentos?
¡No te preocupes!
Estoy aquí para ayudarte.
Como abogado especializado puedo ayudarte en la tramitación de este tipo de procedimientos.
¡Contáctame hoy mismo y pongamos en marcha la tramitación!.
[…] Reclamación de impago de pensión de alimentos en vía civil […]
[…] incumplimiento de las obligaciones económicas hacia los hijos, como no pagar la pensión alimenticia o no proporcionar los recursos necesarios para su manutención, es otro motivo para presentar una […]