📞 697 96 33 18 | ✉️ idecos@icam.es |
Coacciones: Qué son y cómo actuar ante este delito
¿Sabías que ser forzado a realizar algo contra tu voluntad mediante amenazas o violencia podría ser un delito de coacciones? Las coacciones son un delito más común de lo que parece y afectan a la libertad personal de forma directa. Tanto en el ámbito laboral, familiar o personal, es esencial conocer qué implica este delito y cómo actuar si te enfrentas a una situación de coacción.
En este artículo, aprenderás qué se considera delito de coacciones, qué tipos existen, las penas aplicables según la legislación española, y qué hacer si eres víctima o estás acusado de este delito.
¿Qué son las coacciones?
Según el artículo 172 del Código Penal español, el delito de coacciones ocurre cuando alguien, mediante violencia, intimidación o amenazas, fuerza a otra persona a realizar un acto en contra de su voluntad o le impide hacer lo que desee de forma legítima.
En otras palabras, se coarta la libertad de acción de la víctima. Este delito puede presentarse en diversas situaciones, como obligar a firmar un documento bajo amenazas, forzar a alguien a realizar un trabajo o impedir que alguien entre o salga de un lugar.
Además, el artículo 172 bis trata las coacciones relacionadas con matrimonios forzados, y el artículo 172 ter se refiere a situaciones de acoso, o stalking, que pueden también considerarse coacciones.
Tipos de coacciones
Existen varios tipos de coacciones, que varían según el ámbito en que ocurran y la gravedad del acto:
- Coacciones físicas: Utilización de la fuerza o violencia física para forzar a la víctima a actuar.
- Coacciones psicológicas: El uso de amenazas o intimidación, sin necesidad de violencia física, para influir en la conducta de la víctima.
- Coacciones en el ámbito laboral: Por ejemplo, cuando un jefe fuerza a un empleado a realizar tareas fuera de su contrato mediante amenazas de despido.
- Coacciones en el ámbito familiar: Este tipo incluye situaciones en las que un miembro de la familia intimida o controla a otro, afectando su libertad de decisión.
- Coacciones en el ámbito de la violencia de género o doméstica: Cuando se producen dentro de relaciones familiares o de pareja, y están reguladas de forma especial por el Código Penal, con penas agravadas.
El Código Penal diferencia entre:
- Coacciones básicas: El tipo básico de coacciones es cuando se usa violencia o intimidación para restringir la libertad de otra persona, sin particularidades que agraven la conducta.
- Coacciones agravadas: Se considera agravado cuando se impide el ejercicio de un derecho fundamental o se comete en el ámbito de la violencia de género, especialmente en presencia de menores o en el domicilio de la víctima.
- Coacciones leves: Estas ocurren cuando la intimidación o violencia no son graves, pero aún así restringen la libertad de la víctima. Requieren generalmente la denuncia de la persona afectada.
Penas por delito de coacciones
El delito de coacciones puede conllevar penas de prisión que varían según la gravedad del acto. Generalmente, las penas oscilan entre seis meses y tres años de prisión o una multa considerable. No obstante, si el delito se comete en contextos más delicados, como en el ámbito de la violencia doméstica o cuando la víctima es especialmente vulnerable, las penas pueden aumentar.
Es importante destacar que no siempre es necesaria la violencia física para que el delito se considere grave; basta con que la víctima sienta que su libertad ha sido vulnerada a través de la intimidación o el miedo.
Las sanciones en función de la gravedad de las coacciones son la siguientes:
- Coacciones leves: Multa de 1 a 3 meses.
- Coacciones básicas: Pena de prisión de 6 meses a 3 años o multa de 12 a 24 meses.
- Coacciones agravadas: Pena de prisión de 1 año y 9 meses a 3 años o multa de 18 a 24 meses.
En situaciones de violencia de género, además de la prisión, el agresor puede enfrentarse a la prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima.
¿Qué hacer si eres víctima de coacciones?
- Denunciar el delito: Lo primero es acudir a las autoridades, ya sea la policía o un juzgado, para presentar una denuncia. Es importante ofrecer toda la información posible, como testigos o pruebas.
- Recopilar pruebas: Mensajes, correos electrónicos o grabaciones pueden ser clave para probar el delito.
- Buscar asesoramiento legal: Un abogado especializado en delitos de coacciones puede asesorarte sobre los pasos a seguir y representar tus intereses en el proceso.
Preguntas frecuentes
¿Se puede cometer el delito de coacciones sin violencia física?
Sí, las coacciones pueden implicar solo amenazas o intimidación psicológica, sin necesidad de violencia física.
¿Qué diferencias hay entre las coacciones graves y leves?
Las coacciones graves incluyen el uso de violencia o intimidación significativa, mientras que las leves se refieren a situaciones menos graves que, aun así, coartan la libertad de la persona.
¿Qué pruebas se pueden aportar para denunciar coacciones?
Mensajes, correos, testigos presenciales y grabaciones son algunos ejemplos de pruebas que pueden ser útiles.
¿Qué pena corresponde al delito leve de coacciones?
Las coacciones leves pueden ser castigadas con multas o trabajos en beneficio de la comunidad.
¿Cuándo prescribe el delito de coacciones?
El delito grave prescribe a los 5 años, mientras que el delito leve de coacciones prescribe a los 12 meses desde su comisión.
¿Cuál es la diferencia entre coacciones y amenazas?
Las coacciones implican una limitación directa de la libertad de obrar de la persona, mientras que las amenazas presentan un mal futuro o condicional que busca influir en la toma de decisiones.
¿Necesitas abogado en un procedimiento penal?
¡No te preocupes!
Estoy aquí para ayudarte.
Como abogado especializado puedo ayudarte en la tramitación de este tipo de procedimientos
¡Contáctame hoy mismo y pongamos en marcha tu Defensa!.