El Delito Leve de Amenazas en España: Regulación y Consecuencias

El delito leve de amenazas se regula en el artículo 171.7 del Código Penal y se aplica a conductas que buscan intimidar o coaccionar a otra persona mediante la promesa de un mal futuro, serio pero de menor gravedad o credibilidad. Este tipo de delito tiene un carácter subjetivo, y su valoración depende del contexto y las pruebas presentadas.

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¿Qué es el delito leve de amenazas?

El delito leve de amenazas implica manifestaciones verbales, escritas o electrónicas dirigidas a otra persona, sin llegar a constituir un daño grave o inmediato, pero que generan intimidación o condicionan el comportamiento de la víctima. Para que se considere un delito leve, la amenaza debe:

  1. Consistir en la promesa de un mal posible y concreto.
  2. No ser lo suficientemente grave como para considerarse un delito más severo.
  3. Ser intencionada por parte del autor, quien actúa con dolo para afectar a la víctima.

Requisitos para que una amenaza sea considerada leve

Para que una amenaza encaje en esta categoría, deben cumplirse varios elementos:

  • Elemento objetivo: La amenaza debe referirse a un mal creíble y específico.
  • Elemento subjetivo: El autor debe actuar con intención de intimidar, sin que exista necesariamente un daño grave o inmediato.
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Penas asociadas al delito leve de amenazas

Las sanciones para este delito incluyen:

  • Multa de 1 a 3 meses: La cuantía varía según la gravedad del caso y los ingresos del acusado.
  • Trabajo en beneficio de la comunidad: En casos más graves, la pena puede incluir entre 31 y 80 días de trabajo comunitario.
  • Inhabilitación especial: En situaciones de violencia de género, se puede imponer la prohibición de acercamiento a la víctima, la retirada de la patria potestad o la prohibición de tenencia de armas durante un período de 6 meses a 3 años.

Procedimiento para denunciar un delito leve de amenazas

El delito leve de amenazas solo puede ser perseguido mediante denuncia de la víctima o de su representante legal. Una vez presentada la denuncia, el caso puede resolverse en un juicio rápido si las pruebas son claras, como:

  • Mensajes en redes sociales, correos electrónicos o grabaciones.
  • Testimonios de testigos.
  • Informes médicos que acrediten el daño psicológico causado.

Consecuencias legales de una condena

Una condena por este delito implica antecedentes penales, lo que puede afectar negativamente a permisos de trabajo o residencia. No obstante, dichos antecedentes pueden cancelarse seis meses después de cumplir la sanción, siempre que no se cometan nuevos delitos.

Preguntas frecuentes sobre el delito leve de amenazas

¿Qué diferencia hay entre una amenaza leve y una grave?

La diferencia principal radica en la gravedad y credibilidad del mal anunciado. Las amenazas leves suelen ser menos intimidantes o creíbles que las graves.

¿Cómo se demuestra un delito leve de amenazas?

Medios como grabaciones, mensajes, correos electrónicos, testigos o informes médicos pueden ser pruebas válidas.

¿Cuál es la pena habitual para este delito?

La sanción más común es una multa de 1 a 3 meses, aunque en casos más graves puede incluir trabajos comunitarios o restricciones adicionales.

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¿Este delito genera antecedentes penales?

Sí, pero los antecedentes pueden cancelarse después de cumplir la pena, si no hay reincidencia.

¿Qué hacer si soy denunciado por amenazas leves?

Es fundamental contactar con un abogado penalista para preparar una defensa adecuada y evaluar la validez de las pruebas presentadas.

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